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La CARTA EJECUTORIA en la EDAD MEDIA

No cabe duda que en la Edad Media había una gran cantidad de enfrentamientos y conflictos, que, evidentemente, muchas veces se resolvían con el refrán “ojo por ojo, diente por diente”. Pero, a partir del s. XV y hasta bien entrado el s. XVIII, en España se llevaba a cabo un procedimiento para resolver un contencioso denominado: CARTA EJECUTORIA. Ésta era la manera de ejercer la justicia que tenían en la Edad Media para resolver pleitos civiles, criminales, económicos e, incluso, familiares.
 Equivaldría a nuestras sentencias judiciales, pero las cartas ejecutorias sólo se solían expedir en caso de que la sentencia fuera a su favor del litigante, es decir, persona que inicia el proceso.
Real carta ejecutoria
Los temas más recurrentes en pleitos eran las deudas, términos territoriales, querellas sobre bienes inmuebles, tributos e impagos, delitos de sangre, dotes matrimoniales o  reconocimiento de hijos legítimos.
Pero, sin duda, el motivo por el que más litigios se emprendían en estos siglos, era el reconocimiento del status social de una persona, es decir, a qué estamento de la sociedad pertenecía la persona. Este tipo de sentencias eran denominadas CARTAS EJECUTORIAS DE HIDALGUÍA.
Este tipo de cartas normalmente presentan bellas ilustraciones y son encuadernadas en suave terciopelo con decorativos filetes dorados. Es típico, además, el uso para el texto manuscrito de la letra gótica redonda, que sin duda hace aún más decorativas cada una de las hojas.
Tipos de letra antigua
Es relativamente sencillo encontrar ejemplos en muy buen estado de conservación, con cuidadas ilustraciones y una bonita caligrafía, aunque algunos a precios muy elevados, dependiendo, tanto del tipo y la calidad de las ilustraciones, como del estado de su conservación.
Carta executoria de hidalguía

Hay una gran cantidad de cartas ejecutoriasexpedidas, lo que confirma que la sociedad castellana de la Baja Edad Media era una sociedad bastante «pleiteadora».

Hay que tener en cuenta lo gravoso que resultaba cualquiera de los procesos de la justicia. Eso sí,  al tribunal superior de la Chancillería acudían tanto pleiteantes pudientes y poderosos, sin problemas económicos, pero también personas con muchos menos recursos. En esos casos, la justicia real facilitaba la asistencia de un abogado y un procurador de los pobres que prestaban sus servicios gratuitamente a estos litigantes.

antigua carta ejecutoria de hidalguía
Normalmente, las cartas ejecutorias eran realizadas de manera manuscrita en hojas de papel, formando folios en forma de cuaderno, y salladas con sello de placa. Podemos encontrar algunos ejemplos en pergamino, algo frecuente en las cartas ejecutorias de hidalguía.
Casi siempre eran documentos de cuidado formato, en los que se usaba muy comúnmente la escritura llamada «excelente gótica redonda»y, normalmente, eran validados con sello de plomo.
 carta ejecutoria de hidalguía y prendimiento
 LOS «SELLOS MAYORES» O «BULAS»
Los denominados «Sellos mayores» del monarca, son un tipo de sellos que se han identificado como sellos de plomo usados para sellar los documentos en pergamino. Conformaban el elemento de autentificación unido al documento (normalmente por un cordón de hilo o seda).
bula o sello antiguo
El sello de plomo, también denominado “bula”, fue el sello característico de la cancillería pontificia. En Castilla lo utilizaron los reyes desde el último cuarto del siglo XII y, más tarde, los de León y Aragón.
Los sellos reales son de un tamaño considerable, tienen una forma circular y, sin duda, destaca la iconografía que subraya el poderío de la Monarquía, figurando en ambas caras emperadores o los reyes con todos sus atributos de majestad, además de los escudos reales.
sello de plomo
Muchas de las cartas de ejecutorias no conservan su «bula», ya que, el hilo que los une puede ser que se haya roto con el paso de los siglos y el sello se haya separado del documento original.
carta ejecutoria Valladolid
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